jueves, 18 de octubre de 2007

Hasta los güebos

Miércoles, 17 de Octubre. Salgo de casa a eso de las 7:15 para hacer mi camino diario Mataró-Gavà. Por la noche ha llovido, y ahora caen 4 gotas: malo, la gente se pondrá nerviosa y cogerá el coche más de la habitual, así que en la Ronda habrá más pollo de lo habitual.

Un par de kilómetros después del peaje de Vilassar (ese peaje que pagamos para poder hacer uso de una carretera por la que circular "rápido", léase autopista) todos parados. Unos pocos metros después (muchos minutos después, no sé si es esto lo de la expansión del Universo) están los paneles informativos que predicen el tiempo que hay hasta llegar a una u otra Ronda.

Desde ese punto hasta por ejemplo la Ronda de Dalt (mi elección habitual, o mejor dicho, mi resignación habitual), se tarda, sin tráfico 6 minutos. Con el atasco "normal" de cada día suele poner 8-10 minutos, lo que suele ser bastante acertado. Cuando pone más de 10 minutos, la información deja de ser fiable. Por encima de 15, se suele tardar más del doble de lo que ponga. Lo que me encuentro es:


Esto significa que lo más posible es que tarde cerca de una hora en hacer los 10 km escasos hasta la Ronda de Dalt (eso si no paso el resto de la mañana en los túneles de Santa Coloma).

"Poco" después (los kilómetros que ayer se hacían en 5 minutos hoy se hacen en 15: los kilómetros son cada vez más largos; definitivamente la constante expansión del universo es una realidad): son más de las 8 y estoy parado en la salida de Montigalà. Pensar en lo que me espera hasta la Ronda, y luego el colapso que seguro me encontraré al querer atravesar la Ronda de principio a fin me hacen plantear el bien, el mal y la existencia de Dios. Calculo que hasta las 10 o las 11 no llegaré al trabajo (sin exagerar, que no sería la primera vez...). Es mi última oportunidad (después de la salida del Ikea tendré que llegar hasta la Ronda), así que llamo a mi jefe para contarle la situación y pedirle que, si no hay nada urgente para hoy, me deje coger el día libre. Mi jefe, que es de los que ya no quedan, me dice que no hay problema. Así que salgo de esa caravana de la muerte (muerte mental o moral como mínimo) y me vuelvo para casa. Sí, pierdo un día de vacaciones, pero mi salud mental (y mi culo) me agradecerán no haberme pasado las próximas horas en un coche.

Y esto me hace pensar en que estos nuestros governantes ¿no deberían pensar en alternativas, soluciones...? Porque a la larga, entiendo que cada vez hay más coches. ¿Qué pasará? ¿No será que alguien no esta haciendo bien su trabajo?

En fin, que me quería desahogar...

lunes, 15 de octubre de 2007

Test rápido sobre leyes

Es evidente que con la cantidad de leyes, artículos... es muy difícil conocer las intríngulis del código penal, a no ser que seas un Perry Mason. Aún así, más o menos todos sabemos, a grandes rasgos, diferenciar entre qué está bien y qué está mal (robar está mal, matar está mal, amenazar está mal...). Incluso parecería fácil diferenciar entre las cosas más o menos graves, no? Pues aquí os dejo un post que he sacado de Visionarios, que a su vez está extraído de otro merodeando.com: Ya veréis que gracia... o no?

Cómo mola nuestro Código Penal, que por cierto, acaba de dejar a Farruquito en la calle después de:

  1. Matar a un tío.
  2. Abandonarlo en la calle como un perro.
  3. Conducir sin carnet.
  4. Conducir sin seguro.
  5. Convencer a su hermano para que mintiera a la policía y se autoinculpase.

¿Creéis conocer bien el Código Penal? Un pequeño juego para descubrirlo. Elegid cuál es la acción considerada de mayor gravedad en estos casos y flipad como yo con las respuestas.

Caso 1:

  1. Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar copias de películas educativas de dibujos animados protegidas por copyright y sin autorización de los autores.
  2. Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por la pareja.

RESPUESTA: La acción menos grave es la de distribuir material pornográfico a menores según el artículo 186 del C.P. La distribución de copias de material con copyright sería un delito al existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución.

Caso 2:

  1. Juan fotocopia una página de un libro.
  2. Juan le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a ver la película “Los Ángeles de Charlie”.

RESPUESTA: La acción más grave desde un punto de vista penal sería la “1″ puesto que la reproducción, incluso parcial, sería un delito con pena de 6 meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses. Los puñetazos, si no precisaron una asistencia médica o quirúrgica, serían tan solo una falta en virtud de lo dispuesto en el artículo 617 en relación con el 147 del Código Penal.

Caso 3:

  1. Ocho personas se intercambian copias de su música favorita.
  2. Ocho personas participan en una riña tumultuosa utilizando medios o instrumentos que pueden poner en peligro su vidas o su integridad física.

RESPUESTA: Es menos grave participar en una pelea que participar en el intercambio de compactos. Participar en una riña tumultuosa tiene una pena de tres meses a un año (art. 154 del Código Penal) y el intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270 del Código Penal). Si algún día te ves obligado a elegir entre participar en un intercambio de copias de CDs o participar en una pelea masiva, escoge siempre la segunda opción, que es obviamente menos reprobable.

Caso 4:

  1. Juan copia la última película de su director favorito de un DVD que le presta su secretaria Susana.
  2. Juan, aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo, acosa sexualmente a Susana.

RESPUESTA: Por supuesto, el acoso sexual tendría menos pena según el artículo 184.2 CP.

Caso 5:

  1. Alfonso se descarga una canción de Internet.
  2. Alfonso decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés a hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por llevarse toda una discografía. La suma de lo hurtado no supera los 400€.

RESPUESTA: La descarga de la canción sería un delito con pena de 6 meses a dos años. El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni siquiera sería un delito sino una simple falta (art. 623.1 CP).

Caso 6:

  1. Alfonso se descarga una canción de Internet.
  2. Alfonso va a hurtar a El Corte Inglés y, como se la va la mano, se lleva cincuenta compactos por valor global de 1.000 euros.

RESPUESTA: Seguiría siendo más grave la descarga de Internet. El hurto sería un delito porque supera los 400 euros, pero sería de menor pena que la descarga (artículo 234 C.P.).

Caso 7:

  1. Ramón, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco de Andy y Lucas diciéndole que es el “Kill’em All” de Metallica.
  2. Ramón, que es un bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público.

RESPUESTA: La segunda broma sería menos grave a tenor del artículo 630 del Código Penal.

Caso 8:

  1. Pedro se graba la película “El Resplandor” del VHS de su amigo.
  2. Pedro, irritado por el doblaje de la película, amenaza de forma leve a Verónica Forqué exigiéndole que no vuelva a hacerlo nunca más. Pedro usó un arma en la amenaza.

RESPUESTA: La copia sería un delito y la amenaza, incluso con un arma, una simple falta (620.1 C.P).